La fiebre de los “documentos de consenso”

Proliferan las recomendaciones sobre coinfección del VIH y las hepatitis

Joan Tallada
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El pasado lunes 6 de junio, se presentó en Barcelona el “Documento de Consenso para la Coinfección del Virus de la Inmunodeficiencia Humana y los Virus de les Hepatitis en Cataluña”. El tal documento lo edita en forma de cuaderno, por ahora sólo en catalán, la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña (está disponible en http://www.gencat.net/salut/). Al acto asistieron varios destacados hepatólogos y especialistas de VIH, así como autoridades sanitarias y unos pocos activistas, entre ellos este redactor; la inauguración contó con la asistencia de la Consejera de Salud del gobierno autónomo, Marina Geli.

La Consejera Geli, en su breve alocución, se mostró satisfecha por la existencia del citado documento, aunque expresó su extrañeza de que sólo existiera versión en catalán, dado que “su contenido tiene suficiente entidad como para ser dado a conocer en todo el territorio del Estado” español. Traducir el texto podría aprovecharse además para corregir alguna errata relevante de la edición original, por lo demás de factura más bien desaliñada, como la que dice que el tratamiento de la hepatitis C no tiene contraindicaciones (página 63, punto 3). Pero no es este detalle el que desearía destacar.

Si dejamos aparte esa rara costumbre de los políticos de poner en evidencia a sus subordinados en público (¿cuál cree que es su responsabilidad?), la frase de la Consejera  de Salud muestra una ignorancia –o un despiste, si somos benévolos- que raya en la temeridad.

Digo esto porque ya existe un documento de consenso sobre abordaje y tratamiento de la coinfección del VIH y de las hepatitis virales cuyo alcance es el territorio español. Hablamos de las directrices o recomendaciones que redactan y firman el grupo de expertos de GESIDA y el Plan Nacional del SIDA, cuya última actualización está disponible en Internet: http://www.gesidaseimc.com/. ¿Qué sentido tiene entonces la frase de nuestra representante política?.

Para mayor perplejidad, algunos de los expertos catalanes que firman el documento autonómico también han participado, y muy activamente, en el español, aunque el proceso cuenta con una diferencia mayor: el texto en castellano fue publicado primero en forma de borrador, de manera que durante un tiempo determinado cualquiera, incluidos grupos de activistas, podían formular comentarios, sugerencias o propuestas de modificación, lo cual sin duda enriquecía el texto.

Me resisto a denominar “Documento de Consenso” a los escritos que no han contado desde su inicio con la implicación de miembros de la comunidad, aunque desde luego no es lo mismo abrir un periodo de digamos alegaciones que no hacerlo. Serán entonces “Documentos de consenso” entre profesionales médicos (no expertos, porque los activistas también lo somos), algunos de ellos impermeables de la opinión de aquellas personas a las que más va afectar, como el catalán.

Lo que hace que la confusión llegue a su grado máximo es la existencia del Consenso Europeo sobre Confección VIH y hepatitis virales derivado de la reciente Conferencia de París (véase La Noticia del Día 02/03/05), donde también había médicos catalanes y otros españoles. Tenemos entonces consensos internacionales que incluyen a España, consensos de alcance estatal y consensos propios de cada comunidad autónoma. Cuesta saber a qué atenerse.

Pongamos que en esencia cada uno de ellos recomienda lo mismo: ¿para qué entonces reiterarlos en un esfuerzo redundante cuyas energías podrían dirigirse a otros objetivos perentorios? Esto es, ¿por qué plantear, discutir, acordar y publicar en diferentes escalas territoriales documentos que abogan por básicamente lo mismo cuando lo que necesitamos con urgencia es más y nueva investigación que dé respuesta a los interrogantes no resueltos sobre la propia coinfección? (véase La Noticia del Día 19/04/05).

Pongamos por el contrario que hay discrepancias de importancia entre los diversos documentos: entonces, ¿cuál de ellos prevalece y bajo qué criterio?. 

No es una simple hipótesis. Un ejemplo: el reciente documento catalán recomienda tratamiento para el virus de la hepatitis C (VHC) en personas con un recuento de CD4 superior a 250 células/mm3 (página 65, punto 1), mientras que el español y el europeo establecen ese mismo límite en 200 células/mm3 .¿Podemos o no ofrecer tratamiento para el VHC a un paciente catalán con 220 CD4?.

O lo que es más determinante, ¿puede esta persona reclamar que se le trate? Algunos especialistas médicos se vanaglorian no sólo de no seguir las recomendaciones oficiales, sino incluso de desconocerlas. Pero ante una posible negativa del facultativo, estos textos son el principal argumento de tal reclamación, incluso ante instancia superiores. 

Creo que ha llegado el momento de reprimir la euforia de los documentos de consenso y pararse a pensar en si su proliferación no obedece más a la vanidad del me too (“yo también quiero”) que a las necesidades de las personas cuya salud y vida están en juego, y cuya opinión, o cuando menos la de los activistas que intentan defender sus intereses, no siempre o sólo en parte es escuchada: si eso es así, ¿de qué hablamos cuando hablamos de consenso?. 

Fuente: Elaboración propia.

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