Tribunales suizos pueden responsabilizar penalmente a cualquier persona con VIH por transmitirlo, aunque no esté diagnoticada

El más alto tribunal de Suiza –el Tribunal Federal de Lausana- ha dictaminado que un hombre que no sabía que estaba infectado por VIH cuando tuvo relaciones sexuales sin protección y que transmitió el virus está sujeto, no obstante, a responsabilidad penal. El fallo sugiere que practicar sexo en Suiza sin desvelar el historial sexual puede resultar en la interposición de una acción judicial en caso de que se produzca la transmisión del VIH.

Edwin J. Bernard

En 2006, el Tribunal Supremo del estado de California dictaminó que el “conocimiento implícito” (cuando una persona razonablemente inteligente prevé que sus acciones pueden causar daños) de la posibilidad de transmitir el VIH es suficiente para establecer responsabilidad civil. No obstante, ésta es la primera sentencia en todo el mundo que responsabiliza penalmente a una persona sin diagnosticar por transmitir el VIH.

El caso judicial, publicado de manera bastante detallada en la edición del 1 de julio de Neue Zürcher Zeitung, se inició con un juicio celebrado en 2005 en el tribunal del distrito de Zúrich. La demandante era una mujer a quien se le había diagnosticado una infección por VIH tras mantener relaciones sexuales sin protección en 2002 con el acusado. Aunque el hombre no había sido diagnosticado antes de sus relaciones sexuales, tenía un historial de sexo sin protección.

En el año 2000, una antigua pareja sexual del demandado le contó que había recibido un diagnóstico de VIH. El hombre declaró que no se había hecho la prueba del VIH porque no creía que estuviera infectado por haber practicado relaciones sexuales sin protección con aquella mujer, ya que no había experimentado síntomas de seroconversión. No obstante, el tribunal lo encontró culpable tanto desde el punto de vista de la salud pública como del derecho penal.

La exposición delictiva al VIH y las leyes sobre la transmisión en Suiza
 
La responsabilidad relacionada con la exposición al VIH o su transmisión en Suiza se basa en dos grupos de leyes: unas dirigidas a proteger a la población general (legislación sobre salud pública) y otras de protección al individuo (derecho penal).

El artículo 231 del Código Penal Suizo permite a la policía actuar –sin necesidad de un demandante– contra cualquiera que “disemine deliberadamente una enfermedad humana peligrosa y transmisible”. El consentimiento informado de una relación sexual sin protección no anula el delito; de hecho, incluso el intento de transmitir una enfermedad humana peligrosa y transmisible (como, por ejemplo, la exposición al VIH sin que se produzca transmisión) es también susceptible de persecución judicial.

El artículo 122 también permite la acusación por daño corporal grave si el sexo sin protección resulta en la transmisión del VIH. No obstante, en este caso, el consentimiento informado es un atenuante, y la acusación necesita de un demandante para probar que no hubo consentimiento informado (como, por ejemplo, la revelación del hecho de tener VIH antes de practicar la relación sexual).

En efecto, “cualquier relación sexual sin protección de una persona con VIH es un delito, incluso si no hay transmisión”, declaró a aidsmap.com el profesor Pietro Vernazza, del Hospital Cantonal de St. Gallen y presidente de la Comisión Federal Suiza sobre VIH/sida. En parte, fueron estas leyes draconianas las que motivaron las recientes declaraciones de la comisión que preside el profesor Vernazza sobre el efecto de la terapia antirretroviral en la transmisión del VIH.

El Tribunal Cantonal acepta la apelación  

El hombre sin diagnosticar que fue condenado por causa de estas leyes apeló al Tribunal Cantonal de Zúrich en 2007. La apelación constó de dos partes: una cuestiona si una persona sin diagnosticar tiene la obligación legal de someterse a la prueba del VIH y desvelar su historial sexual; la otra cuestiona la validez de los análisis filogenéticos usados como prueba en el caso original.

El Tribunal Cantonal dictaminó que ese hombre no sólo no era responsable –porque no hay ninguna ley que obligue a someterse a la prueba del VIH ni a revelar el estado serológico tras practicar sexo sin protección–, sino que además las pruebas científicas no eran concluyentes para probar que la demandante había sido infectada por el demandado.

Aunque los análisis filogenéticos de las muestras relacionaron el poco frecuente subtipo de VIH del demandado con la propia cepa de la demandante, los abogados argumentaron con éxito que el análisis filogenético no descarta que el virus pueda haber sido transmitido a la demandante por otra persona. Además, los análisis filogenéticos excluyeron una relación entre el VIH del demandado y la mujer seropositiva con quien éste mantuvo relaciones sexuales de riego en el año 2000.

El Tribunal Federal revoca la apelación

El 30 de junio de 2008, el más alto tribunal suizo sentenció que al acusado se le puede imputar la responsabilidad de la transmisión del VIH tanto desde el punto de vista de la legislación de salud pública como del derecho penal. El tribunal afirmó que el acusado no podía ignorar que su comportamiento en el pasado era de riesgo, particularmente después de que una de sus parejas previas le había informado de su estado serológico positivo al VIH tras haber mantenido relaciones sexuales sin protección.

El tribunal también sentenció que la mujer no era corresponsable de su infección porque ella no dio consentimiento informado al sexo sin protección. Si hubiera conocido el historial sexual del acusado, habría sido poco probable que hubiera consentido una relación sexual sin protección, afirmó el tribunal.

Una traducción no oficial del artículo del Neue Zürcher Zeitung (originalmente en alemán) contiene el siguiente texto: “… debes abstenerte de mantener relaciones sin protección si existen factores que indiquen una potencial infección por VIH. Estos factores pueden ser, en principio, cualquier práctica de riesgo pasada, tal como contactos íntimos sin protección con una persona con pasado sexual no conocido. En principio las Directrices sobre Sexo más Seguro de la Oficina Federal de Salud son taxativas en esto. Los riesgos estadísticos de transmisión o el hecho de que no existan síntomas de seroconversión son irrelevantes”.

El Tribunal Federal también revocó el dictamen sobre los análisis filogenéticos, afirmando que, debido a que la cepa del virus del acusado era poco frecuente, sería difícilmente posible que la infección de la demandante proviniera de otra persona.

En efecto, el más alto tribunal de Suiza ha sentenciado que cualquiera que haya practicado sexo sin protección en el pasado y no se lo comunique a su pareja sexual antes de tener relaciones sexuales con ella, puede ser penalmente responsable en caso de producirse transmisión del VIH

Traducción: Grupo de Trabajo sobre Tratamientos del VIH (gTt).

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