SIDA y prisión
Hacia un nuevo modelo de prisión
En los centros penitenciarios españoles hay 61.395 personas privadas de libertad [1], lo que supone un incremento de un 35% en los últimos cinco años. España tiene actualmente la tercera mayor tasa de población reclusa con 144 presos por 100.000 habitantes, una tasa muy elevada si la comparamos con las de otros países de nuestro entorno. Y la cifra continúa en aumento. L@s expert@s parecen coincidir en que este aumento imparable de la población reclusa se debe al endurecimiento de las penas del Código Penal de 1995 y 2003; a la dificultad de acceder al tercer grado y a la libertad condicional; la introducción de nuevos delitos; un cierto abuso de la prisión preventiva y a la mayor presencia en los últimos años de personas de otros países (“La política penitenciaria”, El País 24/10/05).
Generalmente, esta población reclusa la componen personas con muy pocos recursos, l@s más desfavorecid@s y olvidad@s de nuestra sociedad, en su mayoría personas drogodependientes, que cometen pequeños delitos contra la propiedad para poder hacer frente a su drogadicción. Su paso por prisión probablemente no les ayuden a superar el problema con las drogas, por lo que, una vez fuera, más tarde o más temprano, volverán a reincidir en el delito y regresarán a la cárcel.
El sistema penitenciario ha fracasado en líneas generales en su objetivo de rehabilitación y reinserción de la población reclusa. Los datos hablan por sí solos: un 73% de l@s pres@s actuales han sido condenad@s con anterioridad; y un 49% de l@s pres@s excarcelad@s acaba volviendo a prisión en menos de tres años.
[1] Datos semanales de instituciones penitenciarias a 09/12/2005
Salud carcelaria:una asignatura pendiente
Un alto índice de l@s reclus@s en los centros penitenciarios españoles son usuari@s de drogas por vía parenteral en el momento de ingresar en prisión, consumo que continúan realizando durante el tiempo que pasan en ella. Como consecuencia de este tipo de consumo, en los centros penitenciarios hay una alta incidencia de infecciones de transmisión por vía sanguínea y en especial, del VIH y el virus de la hepatitis C (VHC). De l@s más de 60.000 reclus@s que tiene nuestro país se calcula que entre un 15% y un 20% vive con VIH (9.183-12.244 reclus@s) y que un 35% está infectado por el virus de la hepatitis C (21.427 reclus@s). Más del 90% de l@s pacientes infectad@s por el VIH en prisión lo está también con el VHC.
Es, por consiguiente, la infección por VHC y la coinfección VHCVIH un problema de primera magnitud en la población penitenciaria española. Ahora bien, ¿reciben las personas privadas de libertad el mismo trato sanitario que recibirían fuera de prisión?
Si nos atenemos únicamente al reglamento penitenciario, la población reclusa tendría que recibir la misma atención médica que la población general. Sin embargo, las constantes denuncias de l@s propi@s reclus@s y ex reclus@s y la experiencia de las organizaciones comunitarias que trabajan por los derechos de las personas privadas de libertad nos llevan a pensar que la atención sanitaria penitenciaria está muy lejos todavía de la que se ofrece al resto de la población.
El medio penitenciario dista de ser el modelo preventivo de enfermedades transmisibles que se menciona en su reglamento (artículo 207). De hecho, es un foco de transmisión de enfermedades infecciosas donde se puede agravar el estado de salud de personas que ya están enfermas.
Por lo que respecta al tratamiento de la infección por VIH, l@s reclus@s denuncian la dificultad para comunicarse con un especialista en VIH cuando tienen dudas sobre su tratamiento o se encuentran mal; además, con frecuencia, muchas citas externas con el especialista de VIH se pierden, lo que impide el manejo adecuado de cualquier enfermedad infecciosa. Además, en los centros penitenciarios a las personas que siguen una medicación antirretroviral les cuesta tener una buena adhesión al tratamiento. Varios estudios han mostrado que características de las prisiones tales como su funcionamiento, su estructura, su equipo, etc. pueden actuar como barreras que impiden una adhesión óptima a la terapia. Por otro lado, las estresantes condiciones de vida del entorno carcelario junto con el debilitamiento del sistema inmunitario asociado a la propia infección por VIH hacen que esta población sea más vulnerable a una bajada desproporcionada en sus recuentos de CD4.
Un estudio reciente realizado en tres centros penitenciarios españoles ha mostrado una prevalencia de no adhesión al tratamiento de un 54,8%. Entre los factores que se asociaron independientemente con la no adhesión se incluyen tener dificultades para tomar la medicación, sentirse totalmente o bastante incapaz de seguir el tratamiento, clasificar la comida como 'mala', mencionar no tener a nadie fuera de prisión que se preocupe por ell@s, que el funcionario de vigilancia sea flexible y le permita poder tomar la medicación en caso de que la haya olvidado, y por último, haber sufrido ansiedad o depresión en la última semana (AIDS Research and Human Retroviruses, vol. 21, nº8, 2005, pp. 683-688).
La presencia de enfermedad mental se asocia como un importante factor pronóstico de no adhesión a la terapia antirretroviral y a cualquier otra medicación, por lo que sería conveniente tratar las patologías mentales antes de iniciar el tratamiento. Sin embargo, la atención psiquiátrica en prisión es otra de las carencias del sistema sanitario penitenciario. Existen prevalencias muy altas de enfermedades y trastornos psiquiátricos que no son atendidos de forma adecuada por el servicio médico. El apoyo psicológico es nulo y la atención psiquiátrica llega a través de especialistas externos (consultores) que acuden con muy poca frecuencia a los centros para atender una demanda tan grande.
En lo que va de año se han producido más de treinta suicidios en las prisiones españolas. Instituciones Penitenciarias ha diseñado un plan de choque para atajar este aumento de suicidios. Quizá una buena atención psiquiátrica hubiera evitado muchos de ellos.
Pese a la buena voluntad de los colectivos médicos que trabajan en el medio penitenciario de crear protocolos o documentos de consenso para el abordaje de infecciones con una alta prevalencia en prisión, como por ejemplo, el reciente documento de consenso para el tratamiento de la hepatitis C, estas iniciativas no serán eficaces hasta que la asistencia sanitaria en prisión no tenga un carácter integral. Difícilmente se podrá animar a l@s reclus@s a que inicien el tratamiento para el VHC cuando no se dispone en el centro de una asistencia psiquiátrica especializada que le ayude a combatir la depresión y la ansiedad provocada por el propio tratamiento.
La Ley de Cohesión y Calidad
Much@s eran l@s que pensaban que los problemas mejorarían cuando los servicios e instituciones sanitarias dependientes de Instituciones Penitenciarias se transfirieran a las Comunidades Autónomas. Hasta la fecha, Cataluña es la única comunidad autónoma que tiene transferida la gestión de las instituciones penitenciarias (a la Secretaria de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia). Para el resto de las comunidades autónomas el órgano competente es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Interior. En ambos casos, existe un órgano administrativo (Programa Sanitario y Subdirección General de Sanidad Penitenciaria) que se encarga de la tutela del derecho a la salud de la población reclusa.
Con la publicación de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (BOE nº 128, 29/05/03), en su disposición adicional sexta, se esperaba que: “Los servicios sanitarios dependientes de Instituciones Penitenciarias serán transferidos a las comunidades autónomas para su plena integración en los correspondientes servicios autonómicos de salud. A tal efecto, en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de esta ley y mediante el correspondiente real decreto, se procederá a la integración de los servicios sanitarios penitenciarios en el Sistema Nacional de Salud, conforme al sistema de traspasos establecido por los estatutos de autonomía”.
Sin embargo, a finales de 2004 finalizó el plazo de los 18 meses que fijaba la ley y no se ha producido cambio alguno. La situación continúa igual y no parece que dicha integración se vaya a producir ni a corto ni a medio plazo.
SIDA y pensiones
Las personas privadas de libertad han sufrido de forma muy especial los vaivenes de la legislación española en materia de reconocimiento del grado de minusvalía por VIH y concesión de una pensión. En el año 1993, el IMSERSO dictó una circular por la que se privaba del derecho a obtener pensiones no contributivas a las personas recluidas, por entender que estas personas, al estar en prisión, tenían cubiertas sus necesidades básicas por el Estado.
En 2001, otra circular del IMSERSO reconocía a las personas presas el derecho a obtener pensiones no contributivas, pero ahora bien, de los 280 euros mensuales correspondientes, se les descontarían los gastos de manutención. En el caso de las personas enfermas que se encuentran en enfermería el descuento es más elevado, por lo que la pensión queda limitada a 70, 80 o 90 euros al mes, dependiendo del módulo o centro penitenciario en que el/la reclus@ se encuentre.
La deducción de los gastos de manutención de la presión contributiva de l@s reclus@s la lleva a cabo la administración autonómica competente en esta materia. Las organizaciones civiles, especialmente las gallegas, han denunciado esta situación y ayudan a l@s pres@s a reclamar la parte deducida en concepto de manutención de sus pensiones no contributivas. Hasta la fecha llevan un ritmo imparable de victorias en los juzgados. Sin embargo, todavía se preguntan boquiabiert@s en qué se ha empleado el dinero que se ha deducido en concepto de manutención de la pensiones no contributivas de estas personas.
La respuesta del movimiento ciudadano: la vía gallega
En este contexto surge la respuesta del movimiento ciudadano con diferentes modelos de intervención.
Hay grupos, ONG y asociaciones que optan por entrar en prisión y ofrecer servicios asistenciales para l@s reclus@s. Desarrollan sus actividades para la población reclusa. Conocen los abusos que puedan cometerse dentro de prisión hacia l@s reclus@s, y saben que se necesitan profundos cambios políticos, pero optan por no hacerlo público porque de lo contrario no podrían volver a entrar en los centros a ayudar a l@s intern@s.
Otros grupos han preferido no entrar en prisión, es decir, no ofrecer servicios y actividades para la población reclusa, y realizar desde fuera una intensa actividad de denuncia de violación de los derechos de l@s reclus@s. Además reclaman, y para ello llevan a cabo una ardua labor de sensibilización dirigida hacia la sociedad en general y hacia la clase política en particular, la excarcelación de las personas con enfermedades graves, el cobro de las pensiones no contributivas a las que tienen derecho, y el cumplimiento de la penas con modelos alternativos a la prisión.
A mediados de los 90, los Comités Ciudadanos anti-SIDA gallegos empezaron a detectar que había una serie de problemas dentro de las prisiones que afectaban especialmente a las personas que vivían con VIH/SIDA: dificultades para conseguir la excarcelación, fallecimientos por VIH/SIDA dentro de prisión, pésima atención especializada, escasa medicación, etc. A estos problemas se añadía el creciente aumento de personas que se infectaban por VIH dentro de prisión y morían en el mismo centro penitenciario.
Es en este momento cuando los Comités gallegos comenzaron a aproximarse al Colectivo PreSOS Galiza, buscando formación y asesoramiento en temas legales en el ambiente penitenciario. Había una mínima coordinación informal, las personas comenzaron a formarse y a recibir e intercambiar documentación y se creó una especie de red. En esta época algunos Comités entraban en prisión.
A partir de 1998-99, las reuniones se hacen más frecuentes, y se empieza a fijar un calendario y una agenda. El trabajo se fue también especializando en función de las diferentes realidades que fueron surgiendo: el tema de las pensiones, el acceso a la medicación antirretroviral, el registro de nuevas infecciones por VIH/SIDA, etc.
También en Galicia opera Mesa Sida Galiza, compuesta por Recurso Komunal, Colectivo Mouxo, Presos Galiza, y los Comité de Lugo, de Villa-García, y de Santiago. Es una red totalmente informal que se ocupa de cualquier tema relacionado con el VIH/SIDA en Galicia.
A escala estatal, existe la Coordinadora Estatal de Solidaridad con las Personas Presas (CESPP) que es una red informal de casi 200 organizaciones de todo tipo: sindicales, independentistas, radicales, comités, asociaciones de lucha contra la drogadicción, coordinadoras de barrio. La CESPP coordina los esfuerzos de todas las organizaciones que la integran.
La comunidad es escuchada
En una reciente moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Esquerra Republicana en el Congreso de Diputados el pasado 13 de diciembre sobre políticas de investigación, de prevención y de tratamiento e integración de las personas afectadas de VIH/SIDA, se recogían algunas de las denuncias de estos colectivos. Éstos son algunos de los puntos sobre SIDA y prisión que recoge la moción:
- La moción muestra preocupación por la posibilidad real de la transmisión del VIH dentro de los centros penitenciarios.
- Además, al igual que recomienda la OMS, pide que se garantice a las personas encarceladas el acceso a los mismos tratamientos y medidas de prevención a los que accede el resto de la comunidad.
- Entiende que la infección por VIH/SIDA exige un seguimiento que no puede ser realizado adecuadamente en las cárceles porque ni se dispone de los servicios ni de los recursos necesarios, y las derivaciones hospitalarias mayoritariamente son insuficientes o tardías.
- Que en prisión no existen las técnicas de consejo asistido (counselling) y que a la mayoría de las personas infectadas en prisión se les comunica en consultas rutinarias sin la información ni el asesoramiento debido sobre la enfermedad.
- Denuncia que esta situación impide que las personas infectadas por VIH/SIDA privadas de libertad accedan al tratamiento que consideren más adecuado para su salud, no pudiendo cuestionar lo prescrito y llegando al punto incluso de cambiar tratamientos de última generación por formatos ya caducos.
- Que la dispensación de medicamentos corre a cargo de botiquines gestionados y conservados por personal penitenciario y del centro y no por farmacéuticos como sería legalmente oportuno.
- Que la estancia en prisión empeora las condiciones que padecen las personas infectadas, por ejemplo, la mala alimentación, y aumentan los riesgos de transmisión de enfermedades infecciosas como tuberculosis o hepatitis.
- La moción recomienda la libertad condicional anticipada para l@s reclus@s que requieren de una atención médica y psiquiátrica. Y recuerda que el reconocimiento de la atención extrapenitenciaria a las personas toxicómanas y la posibilidad de salida en régimen abierto, que se contempla en el artículo 117 del reglamento penitenciario de 1996, tampoco han sido desarrolladas hasta la fecha.
- Señala que es necesario un impulso de los programas de intercambio de jeringuillas para la prevención de las personas drogodependientes, en particular en las cárceles, y en general, en toda la sociedad.
- Solicita la excarcelación inmediata de aquellas personas en prisión afectadas de un padecimiento grave e incurable de SIDA y muestra su perplejidad por el hecho de que desde el punto de vista humanitario a las personas se las excarcelen unas pocas horas antes o unos días antes de morir y sólo con la intención de no empeorar las estadísticas.
- También desde el punto de vista humanitario el texto solicita el cobro de pensiones no contributivas a que tienen derecho las personas encarceladas con VIH/SIDA y derivadas de su condición de minusválidas a la derogación del Real-Decreto 1169/2003, de valoración de minusvalías, y el cambio de los baremos de acceso a dicha condición, ya que los actuales baremos son cuantitativos y no cualitativos, es decir, basados en los días de hospitalización más que en la limitación real y objetiva que tienen las personas.
La moción, que además incluía otros puntos sobre políticas de investigación, prevención y tratamiento e integración de las personas afectadas por VIH/SIDA, fue aprobada por unanimidad de los grupos políticos.
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