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Me llamo Eva, tengo 36 años y soy seropositiva desde hace 12 años más o menos. En el año 97, en Murcia se me dio una minusvalía del 67%, anteriormente llevaba varios años, 5 aproximadamente, cobrando una pensión de la Seguridad Social. En el año 99, ya viviendo en Bilbao, se me terminó la pensión y me remitieron al servicio de no contributivas. Se me denegó por no tener la minusvalía que pide la ley: la rebajaron al 40% en cuestión de meses. Yo no me lo podía creer, pues en ese tiempo había desarrollado asma y, sinceramente, no me encontraba bien como para trabajar ocho horas en un curro físico. Quiero aclarar que fui pensionista de la Seguridad Social en régimen de invalidez transitoria por la antigua ley.
Lo más jodido de todo es que eran mis únicos ingresos, realmente no me encontraba bien y mis gastos en medicación para el asma eran altísimos. Me enfadé mucho con mi asistente social y le pedí explicaciones a la Diputación de Bizkaia, pero tenían respuesta para todo: "ya sabes, el médico dice que estás bien, que no has tenido ingresos hospitalarios", etc. Pero mis dos neumonías, las cándidas, etc. se habían borrado del expediente. Increíble, ¿no? Me sentía totalmente sola y fuera de lugar pues no habían valorado mi situación económica, ni me habían sometido a una revisión psicológica. Se habían pasado todos los criterios por el forro.
En T4, la asociación donde colaboro, se quedaron alucinad@s y me pusieron en contacto con un abogado que se portó de maravilla. Se puso una denuncia a la Diputación de Bizkaia y fuimos a juicio. Fue un proceso de mucha tensión, pues es muy lento y la preparación fue muy dura: tuve que contar una vez más mi vida, como había sido mi infección, enfermedades, mi situación económica, etc. Al fin llegó el juicio, a puerta abierta. Muy íntimo todo. Mi vida contada como un culebrón. Realmente lloré mucho y no soy llorona, pero me sentía juzgada, no por mi enfermedad sino por mi vida pasada. Era como un mono de feria, pero aguanté todo el juicio. Finalmente lo perdí, pero no nos acobardamos. Mi abogado, un ser maravilloso, me dijo que él no tenía prisa y que no le gustaba perder, así que apeló contra la sentencia. Otro año viviendo de las ayudas sociales y teniendo que explicar mi situación a la asistente social.
Durante unos meses tuve que pedir ayuda a la psicóloga de T4 porque no entendía nada y me sentía como un número. Yo, Eva, no importaba. Todo era dinero y dinero, no veían más que eso. No me he curado y ell@s se empeñaban en que sí. Era una pelea diaria con mis sentimientos y con la administración. Tenía que olvidarme de todo y ser la mujer más fría e inhumana del mundo para que no se rieran de mí y me humillaran. Tengo que reconocer que si no hubiera sido por T4, no sé si hubiera aguantado la tensión. Me pagaban el alquiler, me limpiaban las lágrimas. Bueno, todo lo que necesité allí lo encontré. Mereció la pena: finalmente el año 2001, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco me dio la razón y me pagaron casi un millón de pesetas. Me paseé por todas las dependencias de la Diputación con la sentencia para decirles lo que pensaba de ell@s. Me di el gusto de ser realmente mala y ponerles en ridículo; por eso ahora animo a todo el mundo a que denuncie: merece la pena si al final se consigue lo que es justo. Ell@s no tienen la razón y lo saben pero se aprovechan de nuestros miedos, de que no nos quejamos. Ya es hora de plantarles cara, y de que se den cuenta de que nuestra situación es realmente dura y estamos muy desprotegidos.
SENTENCIAPapel de Oficio de la Administración en la Comunidad Autónoma del País Vasco Procedimiento Laboral Fallamos Se estima el recurso de suplicación interpuesto por la representación legal de Dª contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 9 de Bizkaia, de 29 de junio de 2000, dictada en sus autos núm. 207/00, seguidos a instancias de la hoy recurrente, frente a la Diputación Foral de Bizkaia, sobre pensión de invalidez no contributiva y grado de minusvalía. En consecuencia, con revocación de su pronunciamiento y estimación de la demanda, declaramos que la demandante tiene un grado de minusvalía del 65% y, por ello, derecho a pensión no contributiva de invalidez, desde el 1 de diciembre de 1999, cuyo importe habrá de fijar la demanda y, de no ser de la conformidad de Dª , habrá de impugnarse en nuevo litigio. Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal. Una vez firme lo acordado, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen para el oportuno cumplimiento. Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. |
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