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¡Que me quitan la pensión!

en persona

DESDE QUE EN 1999 el entonces gobierno del Partido Popular aprobara un Real Decreto para cambiar la normativa referente a las calificaciones del grado de minusvalía, distintas organizaciones del VIH han denunciado que la administración ha estado retirando pensiones no contributivas a personas que conforme a la ley las estaban recibiendo, ya que los nuevos baremos para valorar las distintas minusvalías iban en detrimento de este colectivo. Después de un largo proceso de negociación algunas organizaciones del ámbito del VIH/SIDA dieron el visto bueno a la propuesta del Ministerio. Otras, sin embargo, no están satisfechas y reclaman más modificaciones. A continuación, os ofrecemos un recorrido histórico por estos hechos y un análisis de la situación de dos perspectivas distintas dentro del mundo asociativo del VIH en España. 

 

El nuevo Real Decreto

En febrero del año 2000 se publicó el Real Decreto 1971/1999 donde se regulaban las calificaciones del grado de minusvalía de diferentes patologías y entre ellas la del VIH/SIDA. Esta norma endurecía los criterios para obtener el grado de minusvalía lesionando de esta manera los derechos de muchas personas afectadas por el VIH, comprometiendo su bienestar y calidad de vida. Una de las posibles consecuencias era que much@s afectad@s dejaran de tomar su medicación para así empeorar su situación clínica y poder acceder de este modo a la prestación no contributiva derivada de la condición de minusválid@.

Con el fin de hacer frente a las vulneraciones derivadas de dicho Real Decreto se constituyó, en marzo del año 2000, la Mesa Estatal de Minusvalías del VIH compuesta por más de setenta entidades de lucha contra el SIDA de nuestro país. En aquel momento se elaboró un documento reivindicativo que exigía la paralización del Decreto y la elaboración de una nueva ley en la que se revisasen los aspectos clínicos y se contemplasen los aspectos psicosociales de la infección. 

A partir de ese momento se mantuvieron varios contactos con el IMSERSO a fin de reflexionar sobre la ley y discutir la inclusión de las modificaciones propuestas por la citada Mesa. Además de estas reuniones de interlocución se realizaron otros actos reivindicativos, como una concentración en el año 2001 en la puerta del IMSERSO o diversas ruedas de prensa.

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En el año 2002 se llegó por fin a un acuerdo sobre las modificaciones a incluir en el Decreto. Sin embargo diversas razones de carácter técnico y político retrasaron la aprobación de dichas modificaciones. A lo largo de este período la recién constituida Coordinadora Estatal de VIH-SIDA (CESIDA), compuesta por muchas de las organizaciones integradas en aquella Mesa, asumió el impulso del asunto manteniendo varias conversaciones telefónicas, reuniones y protestas ante el Ministerio de Trabajo a fin de agilizar la tan ansiada aprobación de las modificaciones. Finalmente el trece de septiembre de 2003 el Consejo de Ministros aprobó la modificación que se publicó en el BOE el cuatro de octubre de ese mismo año. 

Entre las modificaciones aprobadas se encuentra la consideración del 33% de minusvalía por presentar coinfección del VIH y del VHC; la necesidad de ser valorados por un equipo multidisciplinar que, en todos los casos, debe estar compuesto por médic@, psicólog@ y trabajador/a social; la elevación de 50 a 200 linfocitos CD4 la cifra para obtener el porcentaje mínimo del 33% de discapacidad, el acuerdo de que todas las infecciones discapacitantes concurrentes con el VIH sean valoradas cada una por separado en su capítulo correspondiente y combinadas con la derivada del VIH; o la reinterpretación del concepto de atención médica hospitalaria, que antes exigía un número determinado de episodios anuales relacionados con la inmunodeficiencia que precisaran atención médica hospitalaria, y ahora se especifica dicha atención, considerándose como cualquier atención realizada en servicios relacionados con el hospital de referencia, incluyéndose en ellos el hospital de día, hospitalización domiciliaria, servicios de urgencia, unidades de estancia corta, etc.

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Pese al avance que han supuesto las modificaciones aprobadas quedan, desde nuestro punto de vista, algunos temas que por su indefinición y falta de claridad y detalle nos generan desconfianza y pueden provocar indefensión legal de las personas afectadas que deben regirse por estos criterios. 

Uno de ellos es el relativo a qué pasa con aquellas personas a las que, durante la vigencia del anterior Decreto, les revisaron la condición de minusválido y les rebajaron el grado de minusvalía. Muchas personas, a raíz de la aprobación de las modificaciones, se pusieron en contacto con nuestra entidad a fin de informar de que les había sido practicada la revisión y que les había sido rebajado el grado con la consiguiente pérdida, en muchos casos, de la prestación no contributiva que recibían. Desde nuestro punto de vista, es necesario que la Administración establezca un mecanismo ágil (Orden Ministerial, Instrucción…) que posibilite con carácter general la reparación de los perjuicios ocasionados a las personas por el Real Decreto ahora modificado, evitando el recurso a los tribunales caso por caso, con el consiguiente derroche de energías, tiempo y dinero para las personas afectadas y también para la Administración; y por ser ello más acorde con el Principio de Justicia, que la Constitución Española enuncia como valor superior del Ordenamiento Jurídico en su artículo 1. 

Además, creemos que la aclaración hecha al concepto de "atención médica hospitalaria" no es lo precisa y taxativa que sería deseable, la sorprendente innovación de incluir un "etc" en la definición de un término que aparece en un Real Decreto, no sólo provoca desconfianza sino que pone a l@s usuari@s a disposición de la buena o mala voluntad de las personas que deben aplicar dicho Real Decreto; además, esta aclaración, no está incluida en el texto del Decreto sino que lo está como nota a pie de página.

Otro tema necesario sería averiguar cómo se está aplicando enuevo Real Decreto en las diferentes Comunidades Autónomas; pensamos que está habiendo una aplicación desigual del mismo, por desconocimiento o por motivos que ignoramos. En este sentido animamos a que las Organizaciones de las diferentes Comunidades concierten cita con los equipos de valoración a fin de averiguar este extremo. Algunas cuestiones interesantes de tratar en dichas reuniones serían: averiguar si se ha ejercido alguna acción concreta para poner en conocimiento de los técnicos la nueva normativa, de qué manera está interpretando esa junta de valoración el concepto de "atención médica hospitalaria", el número de valoraciones tras la entrada en vigor del R.D 1169/2003 y si se ha procedido "de oficio", tras la entrada en vigor del nuevo R.D, a la revisión de los casos de las personas afectadas por la normativa anterior y que el Decreto actualmente modifica. 

CESIDA tiene en su agenda reactivar las reuniones con l@s responsables polític@s de este tema a fin de tratar todos los puntos anteriormente citados; nos sería de gran ayuda cualquier información que se nos facilitara fruto de estas necesarias reuniones con los equipos de valoración. 


                                                         MARÍA JOSÉ FUSTER RUIZ DE APODACA
                                                                                                    cesida@cesida.org

 

Una norma injusta

Cuando un poco más tarde de lo que hubiera sido esperable de un grupo de colectivos atentos a una realidad que cambia cada día, saltaron las alarmas a mediados del año 2000 sobre los ya inevitables efectos de una norma que ningun@ de nosotr@s olvida ya: el RD 1971/99, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación de minusvalía, nadie imaginó que llegaría 2005 y seguiríamos con el susto. 

O lo que es lo mismo, como un súbito golpe en el BOE de la derecha electa, que intentaba "superar una clasificación del año 1984", es capaz de ponerse a ahorrar en gasto social poniendo en peligro 11.000 pensiones no contributivas, retirando (inicialmente la suspendían totalmente) hasta el 30% de su cuantía a las personas que permanecen en prisión en concepto de ¡manutención!, estableciendo conceptos nuevos como el ‘SIDA curable’, y recreando un extraño retablo de las maravillas, donde una persona con el 70% de grado de minusvalía entraba por la puerta del equipo de valoración, y podía llegar a salir absolutamente capaz, con el 0%.

Claro que el IMSERSO en contra de la normativa vigente, no consultó a ningún colectivo anti-SIDA a la hora de cocinar semejante irresponsabilidad (se conformó con el beneplácito del Comité Español de Representantes de Minusválidos-CERMI). Así que con el interés de difundir y responder a esta injusticia, se estableció una estructura informal y operativa que llamamos "Mesa Estatal de Minusvalías VIH" que reunió a casi 70 organizaciones, que más o menos juntas, estudiaron, reflexionaron, recogieron datos a lo largo de todo el estado, informaron y pidieron apoyo solidario al resto de la comunidad política y sindical, y pusieron sobre la mesa distintas estrategias y ritmos a la hora de negociar con la administración para conseguir la paralización de su aplicación y la restitución de los beneficios sociales perdidos de nuestr@s afectad@s. 

Fue este punto, el cómo se aborda la negociación y el qué se pide y para quiénes se pide, lo que generó procesos claramente desestabilizadores dentro de la MEMVIH, que culminaron cuando para algun@s colectivos, el resultado de la concentración delante del IMSERSO del 6 de julio de 2001, no alcanzó la fuerza necesaria para activar el nivel de negociación de mínimos, sino que sintiendo amenazados los exiguos pasos obtenidos (unas pautas interpretativas de marzo de 2001 remitidas a las CC.AA) propusieron que se iniciara el procedimiento para blindar la Mesa y dotarla de una definitiva estructura de representación más rígida y selectiva. 

Aquellos colectivos que participábamos bajo la premisa de la flexibilidad de la MEMVIH y que defendíamos que debíamos ir a por todas, y que teníamos la obligación de compatibilizar también la acción judicial de apoyo a cada caso en las salas de lo social y contra la propia norma en el contencioso, ante un proceso irreversible que desvirtuaba sus orígenes metodológicos y bases ideológicas, la abandonamos. 

Al poco, su trabajo dentro del IMSERSO culminaría con un mini acuerdo con el CERMI de 17 de junio de 2002 (¿otra vez juntos?) y que es presentado en la XIV Conferencia Internacional del SIDA de Barcelona por los restos de la MEMVIH como éxito propio, pero que no alcanzaría la imprenta del BOE hasta octubre del año siguiente (RD 1169/2003). (Véase página 27) 

Eso sí, aquel "ansiado" modelo de federación se hace realidad y sobre las cenizas de la MEMVIH, que no de ellas, se crea CESIDA (inicialmente con limitada representatividad), y por ese lado se logra acabar con la lucha contra la permanencia de los agravios que produjeron y producen ambas normas. 

La lucha dentro de los juzgados de lo social sigue dando frutos, no todos los esperados pues sabemos cuán variables son los criterios de sus señorías, pero seguimos recuperando pensiones, y estamos pendientes de varios recursos de casación para unificación de doctrina ante el Supremo con origen en varias comunidades autónomas. Por supuesto incluimos las circunstancias de las personas encarceladas dado que siempre será una prioridad la reivindicación de la devolución de las cantidades arrebatadas por manutención (criterio administrativo que también estamos reclamando ante los juzgados centrales de lo Contencioso). 

Al mismo tiempo, pero esta vez ante el Supremo, decidimos impugnar toda la modificación del baremo de minusvalías, por aprovechar todas las oportunidades y porque sabemos que es una norma torpe, injusta, poco realista, obsoleta científicamente, y atrasada, al no tener en cuenta las nuevas directrices de la OMS en materia de funcionalidad y discapacidad, o lo que es igual, profundamente discriminatoria y espantosamente insolidaria. 

En nuestro ánimo de visibilizar nuestras realidades, esta cuestión también se ha debatido y sigue debatiéndose en el Congreso y en las asambleas autonómicas, lo que nos ha facilitado datos de su impacto, de la habilidad de algunos "talantes" y de cómo las diversas fuerzas políticas valoran este tipo de agravios. 

Es cierto que el SIDA ha cambiado desde sus principios, pero excesivamente dentro de su imagen pública, que pretendidamente bienintencionada, acaba induciendo más perjuicios que otra cosa: de la supuesta cronificación del SIDA de un@s a la curabilidad para otr@s, por poner un ejemplo. Ver para creer. 

                                                   

                                                               MESA DE TRABALLO SIDAGALIZA

     

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