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  1. Lo+Positivo 29, otoño 2004
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SIDAGALIZA: por la vía judicial

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La mesa de trabajo SIDAGALIZA, integrada por todos los colectivos gallegos a excepción del Comité Anti–SIDA de A Coruña (PreS.O.S., Komunal, Colectivo Moucho, Asut-Ourense, Comites Anti–SIDA de Lazos-Ferrolterra, Lugo, Ourense, Santiago, e Vilagarcía), realiza como red informal operativa, un trabajo coordinado de defensa jurídica ante los tribunales de los derechos de l@s afectad@s especialmente en 3 frentes: 


-La lucha contra la implantación de sistemas de información basados en registros epidemiológicos con datos personales de infectad@ s por VIH; 

-La recuperación de los derechos y prestaciones afectadas por la modificación de los baremos del cálculo del funcionamiento de la discapacidad y de la salud para la obtención del reconocimiento y mantenimiento del grado de minusvalía por VIH/SIDA; 

-Contra el ilegal e insolidario criterio del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de retrotraer hasta el 33% de la cuantía de las pensiones no contributivas de las personas actualmente presas en concepto de manutención. 


Comprendemos que a la hora de defender derechos y reivindicaciones, existen vías que usan otros espacios, no necesariamente excluyentes si se demuestran eficaces, como la que se ocupa de las antesalas oficiales y administrativas, pero dentro siempre de un marco de mínimos que incluya en igualdad de condiciones de atención y de visibilidad, las tradicionales y nuevas circunstancias que rodean la infección por VIH y la enfermedad del SIDA en nuestra comunidad. 

La Audiencia Nacional anuló integramente el pasado 24 de marzo la orden ministerial que creaba, en enero de 2001, el Sistema de Información de Nuevas Infecciones por VIH, al reconocer pericialmente que vulneraba la confidencialidad, que no evitaba duplicados, y que no garantiza la seguridad de sus datos. Hoy sabemos que el Ministerio de Sanidad, pese a los cambios de talante anunciados, intenta mantener 70.000 fichas personales ya recogidas, y ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo a cuya admisión nos hemos opuesto, lógicamente. 

Le toca ahora el turno a las versiones autonómicas de los registros de afectad@s: el 1 de abril presentamos un recurso ante el Tribunal Superior de Galiza, contra el decreto que lo creaba (publicado 2 meses antes de conocer la anulación estatal). Pero también es momento de reclamar definitivamente, a l@s que legislan, que cumplan con las normas vigentes y pregunten y conozcan el criterio de las organizaciones de base, aunque no les guste. 

El 4 de octubre de 2003, se publicó el RD 1169/2003 por el que se modifica el anexo I del RD 1971/1999, recogiendo 2 años después algunas de las reivindicaciones de la extinta Mesa de Minusvalías VIH, exclusivamente casi las que caían de cajón dada su arbitrariedad, como el recuento de CD4, la coinfección con hepatitis C, etc. 

Pero dichas modificaciones, mínimas y avaladas por algun@s representantes del movimiento asociativo, no reflejan todas las reivindicaciones que siempre pusimos encima de la mesa, pues dichos criterios de evaluación siguen teniendo un marcado carácter cuantitativo, cuando sabemos que la afectación de la funcionalidad y de la vida cotidiana por enfermedad crónica debe ser evaluada de forma cualitativa (aunque algunos datos cuantitativos sean imprescindibles para su seguimiento) puesto que las variaciones tanto de carácter físico como psicológico se producen continuamente. 

El hecho cotidiano de que tambien los juzgados de lo social, (donde la mayoría de las personas que estábamos apoyando, recuperaban sus derechos y pensiones) nos demostrasen que dichos baremos seguían generando una situación de injusticia, nos lleva a plantear otra batalla jurídica contra esta norma, esta vez ante el Supremo, pues estamos pendientes de sentencia para unificación de doctrina. Junto a nosotr@s, se sumaron a esta acción la Federación Enlace, la Coordinadora de Barrios y la Coordinadora Estatal de Solidaridad con las Personas Presas; ninguna otra asociación anti–SIDA del estado. 

Desde 2001, el Ministerio de Trabajo todavía emplea un criterio indefinible, refrendado en su momento por el Supremo, que le permite computar como ingreso la manutención de las personas actualmente en prisión, y retirárselo de su pensión no contributiva, perdiéndo hasta la tercera parte de la misma. Recordaréis aquella época en que la perdían completamente al ingresar en prisión, pues esto es lo que queda. 

Pese a que intentamos informar a la comunidad sobre este terrible agravio, que hasta le propusimos directamente al nuevo equipo del Ministerio suspender su aplicación, e incluso nos pusimos en contacto personal con diputad@s de diferentes partidos, no lográbamos que dicha circunstancia cambiara. Así que a principios de este verano interpusimos ante la Audiencia Nacional el preceptivo Recurso Contencioso Administrativo, contra dicha norma. 

Sabemos, que la defensa judicial es una opción, que aun siendo lenta, cara y dificil, da su frutos, y que no invalida otro tipo de acciones. Creemos que es una vía más dentro de la defensa civil, y jurídica claramente, que debemos desarrollar todos los colectivos de acuerdo con su dimensión o con su capacidad de trabajar en red. 

  

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